Modelo Operaciones Intracomunitarias (Modelo 349)

Si eres autónomo y realizas Operaciones Intracomunitarias, Contabilidad Autónomos te ayuda a gestionar y declarar tus actividades a la Agencia Tributaria.

Modelo 349 para autonomos

Descripción del impuesto

Informa a la Agencia Tributaria de aquellas operaciones realizadas con un cliente o proveedor intracomunitario, es decir, informa tanto de las compras como de las ventas de bienes o servicios a una empresa ubicada en otro país de la Unión Europea.

Una operación se considera intracomunitaria si tanto su emisor como el receptor están inscritos en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), también conocido como VIES (VAT Information Exchange System), y en tal caso, las facturas por dichas operaciones deben ir sin IVA y habérseles asignado el tipo de operación Intracomunitario al registrarlas en el programa.

No existe un formulario en PDF para este modelo, sino que deberá generarse con el programa de ayuda de la Agencia Tributaria para las declaraciones informativas llamado Plataformas Informativas.

Si usted ya tiene de dicho programa instalado en su ordenador no es necesario que lo vuelva instalar, pero sí que descargue el modelo 349 para el ejercicio (año) para el cual desea presentar la declaración.

Para descargar el modelo solamente tiene que abrir el programa, dirigirse al menú Archivo, y desde allí seleccionar Agregar nuevo modelo y posteriormente Agregar nuevo modelo desde Internet, y seguir las instrucciones en pantalla. Una vez finalizada la importación del nuevo modelo ya podrá utilizarlo de la misma forma que el resto de modelos del programa.

En función del importe total de las entregas, la periodicidad de este impuesto es variable:

  • Mensual: En cualquier otro caso.
  • Trimestral: Si durante el trimestre actual y los cuatro anteriores no se ha superado en ningún caso el importe de 50.000€ para las entregas (es decir, sólo ventas) de bienes y servicios consignados en el modelo 349. No obstante, si al final del segundo mes de un trimestre natural el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse supera 50.000€ deberá pasarse a presentación mensual, presentando la declaración de los dos primeros meses inicialmente y luego ya continuando de forma mensual.
  • Bimensual: Si superas los 50.000€ por primera vez durante el segundo mes del trimestre, tendrás que hacer una declaración bimensual con el primer y el segundo mes del trimestre. A partir del tercer mes de ese trimestre, ya será mensual.

Plazos de presentación

Tipo de presentación Plazos
Mensual Del 1 al 20 del mes siguiente.
Trimestral Del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre (Enero, Abril, Julio y Octubre).
Bimensual Si superas los 50.000€ por primera vez durante el segundo mes del trimestre, tendrás que hacer una declaración bimensual con el primer y el segundo mes del trimestre.

Para más información le recomendamos consultar el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria.

Consulta más modelos de impuestos

Modelos de impuestos

¿Te queda alguna duda?

¡No dudes en contactarnos!
Estaremos encantados de responder cualquier consulta que tengas.

Contactar con nosotros